Derecho de Familia

Uniones convivenciales

Asesoramos sobre los efectos jurídicos de la convivencia, los acuerdos entre convivientes y las cuestiones que pueden surgir cuando la relación termina.

Analizamos bienes, vivienda, hijos, deudas, compensación económica y otras consecuencias según las circunstancias de cada caso.

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Situaciones frecuentes

¿Tenés una consulta relacionada con una convivencia?

Convivencia y matrimonio no producen automáticamente los mismos efectos jurídicos.

01

Quiero saber qué efectos tiene nuestra convivencia

Cuando existen dudas sobre bienes, vivienda, acuerdos o responsabilidades.

Ver efectos →
02

La unión no está registrada

Puede ser necesario analizar cómo acreditar la convivencia y qué efectos corresponden.

Ver situación →
03

Queremos ordenar cuestiones patrimoniales

Los pactos pueden servir para organizar determinados aspectos de la convivencia.

Ver pactos →
04

Terminó la convivencia y tenemos bienes en conflicto

Debe analizarse cómo fueron adquiridos, a nombre de quién están y qué aportes existieron.

Ver bienes →
05

Quiero saber si puede corresponder una compensación económica

La ruptura puede requerir analizar un posible desequilibrio económico.

Ver compensación →
06

Tenemos hijos y necesitamos organizar alimentos o cuidado

La finalización de la convivencia no elimina las cuestiones vinculadas con los hijos.

Ver hijos →

Concepto

¿Qué es una unión convivencial?

Convivir no es jurídicamente lo mismo que estar casado.

La convivencia puede producir determinados efectos jurídicos, pero no debe confundirse con el matrimonio.

El hecho de convivir no genera automáticamente una comunidad de bienes ni hace que todos los bienes adquiridos durante la relación pertenezcan a ambos por partes iguales.

Muchas personas todavía utilizan la palabra “concubinato”. En la regulación actual corresponde hablar de unión convivencial.

Registración

Unión registrada y no registrada

La registración puede ser relevante para determinados efectos y para facilitar la acreditación de la existencia de la unión.

La falta de registración no debe presentarse automáticamente como equivalente a “no tener ningún derecho”.

Unión no registrada

¿Qué pasa si la convivencia nunca se inscribió?

Cuando la convivencia no fue registrada, puede ser necesario analizar de qué manera puede acreditarse la relación y qué consecuencias jurídicas corresponden según el caso.

Acreditación

¿Cómo se demuestra que existió una convivencia?

Cuando la existencia o duración de la convivencia se encuentra discutida, puede ser necesario analizar distintos elementos que permitan reconstruir la realidad de la relación.

Dependiendo del caso pueden resultar relevantes domicilios, contratos, cuentas, documentación y otros antecedentes vinculados con la vida en común.

Acuerdos entre convivientes

Pactos de convivencia

Los convivientes pueden organizar determinadas cuestiones mediante pactos, siempre dentro de los límites legales aplicables.

Estos acuerdos pueden ser útiles para ordenar aspectos patrimoniales o relacionados con la convivencia.

Si ya existe un pacto

Debe analizarse su contenido antes de determinar qué consecuencias produce al finalizar la relación.

Patrimonio

¿Los bienes se dividen como en un matrimonio?

No automáticamente.

La convivencia no genera por sí sola un régimen de comunidad de bienes equivalente al del matrimonio.

Cuando existe un conflicto patrimonial, es necesario analizar qué bienes existen, quién figura como titular, cómo fueron adquiridos, qué aportes realizó cada parte y si existieron acuerdos.

Consultar por bienes después de una convivencia

Titularidad

¿Qué pasa si la casa, el auto o una cuenta está a nombre de uno solo?

La titularidad es un elemento central del análisis, pero pueden existir otras circunstancias relevantes según cómo se desarrolló la relación y qué aportes se realizaron.

No corresponde asumir que, por el solo hecho de convivir, todos los bienes pertenecen automáticamente a ambos.

Vivienda

¿Qué pasa con la vivienda cuando termina la convivencia?

La situación de la vivienda puede requerir un análisis específico, especialmente cuando existen hijos, acuerdos previos, titularidad de una de las partes o conflictos respecto del uso del inmueble.

En determinados casos también puede ser necesario analizar cuestiones relacionadas con la atribución del uso de la vivienda.

Consecuencias económicas

¿Puede corresponder una compensación económica?

En determinadas situaciones, el cese de la convivencia puede dar lugar al análisis de una compensación económica.

Debe evaluarse si existió un desequilibrio económico relacionado con la organización de la relación y con las consecuencias de su finalización.

También existen plazos legales que deben revisarse según la fecha y circunstancias del cese.

Ver Compensación económica Consultar por compensación

Finalización

Cese de la convivencia

El final de una unión convivencial puede generar distintas cuestiones que deben analizarse por separado.

Pueden existir temas vinculados con bienes, vivienda, compensación económica, hijos, alimentos y acuerdos anteriores.

Cese unilateral

Cuando una de las partes decide finalizar la convivencia, no debe asumirse que todas sus consecuencias jurídicas quedan resueltas automáticamente.

Consultar por el cese de una convivencia

Obligaciones económicas

Deudas y gastos del hogar

La existencia de una convivencia no significa que toda deuda asumida por una persona pase automáticamente a ser responsabilidad de la otra.

Debe analizarse el origen de la obligación, quién la contrajo y las circunstancias particulares del caso.

Los gastos del hogar y la asistencia durante la convivencia también pueden requerir análisis según la situación concreta.

Sucesiones

¿Convivir genera los mismos derechos hereditarios que estar casado?

No debe asumirse que una unión convivencial produce automáticamente los mismos efectos sucesorios que el matrimonio.

Cuando existen dudas sobre herencia, bienes de una persona fallecida o vivienda después del fallecimiento del conviviente, la cuestión debe analizarse específicamente desde el Derecho Sucesorio.

Si la consulta involucra una herencia o bienes de una persona fallecida, corresponde realizar además un análisis específico desde el Derecho Sucesorio.

Acuerdo o conflicto

Acuerdos al finalizar la convivencia

Cuando existe acuerdo

Las partes pueden intentar ordenar determinadas consecuencias de la ruptura mediante acuerdos, definiendo con precisión los bienes, obligaciones o cuestiones reguladas.

Cuando no existe acuerdo

Si existe un conflicto sobre bienes, vivienda, compensación u otras consecuencias, puede ser necesario analizar las alternativas judiciales disponibles.

Primera consulta

¿Qué documentación puede ser útil?

Según la situación, pueden resultar relevantes:

  • Constancias relacionadas con la convivencia.
  • Documentación sobre registración.
  • Documentación de bienes y vivienda.
  • Contratos y cuentas.
  • Información sobre deudas.
  • Pactos existentes.
  • Documentación relacionada con hijos.
  • Acuerdos o procesos anteriores.
No es necesario tener toda la documentación reunida para realizar una primera consulta.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre uniones convivenciales

¿Convivir es lo mismo que estar casado?+

No. La convivencia puede producir determinados efectos jurídicos, pero no genera automáticamente las mismas consecuencias que el matrimonio.

¿Los bienes adquiridos durante la convivencia son de los dos?+

No automáticamente. Debe analizarse quién adquirió cada bien, su titularidad, los aportes realizados y los acuerdos existentes.

¿Qué pasa si la unión convivencial nunca se registró?+

Puede ser necesario analizar cómo acreditar la convivencia y qué efectos corresponden en la situación concreta.

¿Podemos hacer un pacto de convivencia?+

Pueden existir acuerdos destinados a organizar determinadas cuestiones entre convivientes, cuyo contenido debe evaluarse jurídicamente.

¿Puede corresponder una compensación económica?+

En determinadas situaciones puede analizarse si la ruptura produjo un desequilibrio económico relacionado con la organización de la convivencia.

¿Qué pasa con los hijos si termina la convivencia?+

Pueden necesitarse acuerdos o decisiones sobre alimentos, cuidado personal y régimen de comunicación.

¿Qué pasa con la vivienda?+

Depende de la titularidad, de la situación familiar y de las circunstancias concretas del caso.

¿El conviviente hereda igual que un cónyuge?+

No debe asumirse que la convivencia produce automáticamente los mismos derechos sucesorios que el matrimonio. La situación debe analizarse específicamente.

Estudio Monteleone · Derecho de Familia

¿Tenés una consulta sobre una unión convivencial o su finalización?

Contanos brevemente cuál es la situación y qué cuestiones necesitan resolverse para analizar las alternativas disponibles.

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Atención presencial y virtual

Consultar por una unión convivencial +54 9 11 7152-9094